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ESPAÑA

La capital de España es Madrid

Toponimia: Hay diferentes versiones, pero la que tiene más peso es que los fenicios denominaban a la península ibérica I-shphanim o “(tierra) de los conejos”. En 1674, el francés Samuel Bochart, basándose en un texto de Cátulo donde llama a España "cuniculosa", propuso que ahí podría estar el origen de la palabra "España".

Gentilício: español, española

Idiomas oficiales: castellano (todo el territorio), català (Catalunya), galego (Galiza), valencià (Comunidad Valenciana), vasco (País Vasco/Euskadi)

División administrativa de España: 17 Autonomías, 50 Provincias

BANDERA LEGISLACIÓN
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Las Reglas primera, segunda y tercera del Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos (BOE núm. 156, de 1 de julio de 1977) (modificado por el Real decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, por el que se hace público el modelo oficial del Escudo de España), establecen las especificaciones para la construcción de la Bandera de España, del Escudo de España y de la Bandera de España con escudo de España, respectivamente. Las características de ésta última son las siguientes:La bandera nacional con el escudo de España es rectangular, con tres listas normales a la vaina y escudo en ambas caras.La lista central, de color amarillo gualda, es de doble anchura que cada una de las otras dos, de color rojo.La relación entre la longitud y anchura es de tres medios de ésta.El escudo de España tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de ésta, en el centro de la franja amarilla.Cuando la bandera de España tenga la proporción normal, de longitud igual a tres medios de la anchura, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera. Si la longitud fuere menor a la normal o la bandera tuviera la forma cuadrada, el escudo se situará en el centro de la enseña.

   
   
LEGISLACIÓN ESCUDO

Adoptado el 19-12-1981, Ley Orgánica 33/81

El escudo de España es cuartelado y entado en punta. En el primer cuartel, de gules o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado de azur o azul y mazonado de sable o negro. En el segundo, de plata, un león rampante, de púrpura, linguado, uñado, armado de gules y coronado de oro. En el tercero, de oro, cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto, de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda de su color. Entado de plata, una granada al natural, rajada de gules o rojo, tallada y hojada de dos hojas de sinople o verde. Acompañado de dos columnas de plata, con la base y capitel de oro, sobre ondas de azur o azul y plata, superada la corona imperial la diestra, y de una corona real la siniestra, ambas de oro, y rodeando las columnas una cinta de gules o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra "Plus" y en la siniestra "Ultra", (del latín Plus Ultra). Al timbre, Corona Real cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas, compuesta de ocho florones de hojas de acanto, visible cinco, interpoladas de perlas y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas, que convergen en el mundo de azur o azul, con el semimeridiano y el ecuador en oro, sumado de cruz de oro. La corona forrada de gules o rojo.

El escudo de España, tal y como se describe en el artículo anterior, lleva escusón de azur o azul, tres lises de oro puestas dos y una, la bordura lisa de gules o rojo, propio de la dinastía reinante (Borbón-Anjou).

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17 Autonomias

 
BANDERA AUTONOMÍA CAPITAL
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ANDALUCÍA Sevilla
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ARAGÓN Zaragoza
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ASTURIAS Oviedo
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CANARIAS Las palmas de Gran Canaria
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CANTABRIA Santander
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CASTILLA-LA MANCHA Toledo
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CASTILLA Y LEÓN Valladolid
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CATALUÑA /

CATALUNYA

Barcelona
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COMUNIDAD VALENCIANA Valencia
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EXTREMADURA Mérida
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PAIS VASCO/ EUSKADI Vitoria-Gasteiz
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GALICIA / GALIZA Santiago de Compostela
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ISLAS BALEARES ILLES BALEARS Palma de Mallorca
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MADRID Madrid
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MURCIA Murcia
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NAVARRA Pamplona
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LA RIOJA Logroño

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La Constitución Española de 1978 garantiza e instituye el llamado Estado de las Autonomías, por el que se reconocieron y protegegieron las diversas nacionalidades y regiones que constituyen España.

La Constitución garantiza el derecho al autogobierno de todas las nacionalidades y regiones del país estableciendo un sistema abierto y flexible para acceder al autogobierno, basado fundamentalmente en la capacidad normativa para redactar y aprobar sus propias leyes.

Cada región se convirtió en una comunidad autónoma, con autogobierno, parlamento autonómico, tribunales de ámbito regional y un Estatuto de autonomía que establece el modelo y las competencias que puede asumir.

Las nacionalidades históricas, Cataluña, País Vasco y Galicia, siguieron una vía rápida y con mayores competencias (aplicación del artículo 151). Andalucía también consiguió el título de nacionalidad histórica.

El resto de regiones se regiría por el artículo 143, excepto Navarra, que se constituía en Comunidad Foral.

Entre el 18 de diciembre de 1979, y febrero de 1983 todas las regiones se constituyeron en Comunidades Autónomas.

En 1995 se aprobaron los dos últimos Estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla, estableciéndose como Ciudades Autónomas.

Según recoge la Constitución Española España «se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses».

el artículo 141.1 de la Constitución española define la provincia como la «entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado».

Según el Real Decreto de 30 /11/1833 «las provincias tomarán el nombre de sus capitales respectivas, salvo las de Álava, Navarra, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservan sus actuales denominaciones».

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  • La Ley 57/1980 modificó la denominación oficial de la provincia de Logroño por la de provincia de La Rioja.
  • La disposición final única del Estatuto de Autonomía de Cantabria (Ley Orgánica 8/1981) modifica la denominación de la provincia de Santander por la de provincia de Cantabria.
  • La Ley 1/1983 modificó la denominación oficial de la provincia de Oviedo por la tradicional de provincia de Asturias.
  • La Ley 2/1992 modificó la denominación oficial de las provincias de Gerona y Lérida por la de Girona y Lleida.
  • La Ley 13/1997 modificó la denominación oficial de la provincia de Baleares por la de Illes Balears.
  • La Ley 2/1998 modificó la denominación oficial de las provincias de La Coruña y Orense por la de A Coruña y Ourense.
  • La Ley 25/1999 declaró cooficiales tanto dichas denominaciones en castellano, como las de Alacant, Castelló y València en valenciano, de acuerdo con la versión en estas lenguas del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (Ley Orgánica 5/1982).

En el caso de las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, su denominación como provincias es bilingüe: las citadas denominaciones en castellano, y Bizkaia, Gipuzkoa y Araba en vasco.

La denominación de Navarra como provincia es bilingüe: Navarra en castellano y Nafarroa en vasco.

 

50 PROVINCIAS
 
BANDERA
PROVINCIA
BANDERA
CAPITAL
1
balapro
ÁLAVA/ARABA
bvito
VITORIA
2
balbpro
ALBACETE
baltciu
ALBACETE
3
balnt
ALICANTE/ALACANT
balnt
ALICANTE/ALACANT
4
balp
ALMERÍA
balmeci
ALMERÍA
5
bastspro
ASTURIAS
bovie
OVIEDO
6
bavila
ÁVILA
bavilciu
ÁVILA
7
bbdjz
BADAJOZ
bbdjz
BADAJOZ
8
bbarpro
BARCELONA
bbarciu
BARCELONA
9
bburpro
BURGOS
bburc
BURGOS
10
extrem
CÁCERES
bcaccciu
CÁCERES
11
bcadzpro
CÁDIZ
bcadciu
CÁDIZ
12
bcastnpro
CASTELLÓN/CASTELLÓ
bcastnpro
CASTELLÓN DE LA PLANA CASTELLÓ DE LA PLANA
13
bcrpro
CIUDAD REAL
bcrciu
CIUDAD REAL
14
bcdbpro
CÓRDOBA
bcdbciu
CÓRDOBA
15
bacrñpro
A CORUÑA
corunyab
A CORUÑA
16
bandera cuenca
CUENCA
clman
CUENCA
17
bgidip
GIRONA
bgiciu
GIRONA
18
bgrapro
GRANADA
bgranesp
GRANADA
19
esguapro
GUADALAJARA
besguaciu
GUADALAJARA
20
bss
GUIPÚZCOA/GUIPUZKOA
bss

SAN SEBASTIÁN /DONOSTIA

21
bhuelpro
HUELVA
bhuelpro
HUELVA
22
bhuespro
HUESCA
bhuespro
HUESCA
23
illbal
ILLES BALEARS
bmall
PALMA DE MALLORCA
24
jaenpro
JAÉN
jaenciu
JAÉN
25
leonpro
LEÓN
leonpro
LEÓN
26
lugopro
LUGO
lugociu
LUGO
27
lleipro
LLEIDA
lleiciu
LLEIDA
28
madridau
MADRID
madridciu
MADRID
29
malagpro
MÁLAGA
malagciu
MÁLAGA
30
murcdip
MURCIA
murcciu
MURCIA
31
navaaut
NAVARRA/NAFARROA
pampl
PAMPLONA
32
ourpro
OURENSE
ourciu
OURENSE
33
palenpro
PALENCIA
palenciu
PALENCIA
34
blpalm
LAS PALMAS
bgcan
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
35
pontpro
PONTEVEDRA
pontciu
PONTEVEDRA
36
lariopro
LA RIOJA
logrociu
LOGROÑO
37
salaman
SALAMANCA
salaman
SALAMANCA
38
bsctfpro
SANTA CRUZ DE TENERIFE
bsctef
SANTA CRUZ DE TENERIFE
39
bcantpro
SANTANDER
bsantciu
SANTANDER
40
segov
SEGOVIA
segvciu
SEGOVIA
41
sevillapro
SEVILLA
sevillaciu
SEVILLA
42
soria pro
SORIA
soriaciu
SORIA
43
tarrdip
TARRAGONA
tarrciu
TARRAGONA
44
teruelpro
TERUEL
teruelciu
TERUEL
45
toledodip
TOLEDO
toledociu
TOLEDO
46
valencia
VALENCIA
valencia
VALENCIA
47
valladpro
VALLADOLID
valldciu
VALLADOLID
48
bbilbo
VIZCAYA/BIZKAIA
bbilbo
BILBO
49
zamora
ZAMORA
zamora
ZAMORA
50
zazapro
ZARAGOZA
zazaciu
ZARAGOZA